Fuente: https://www.eldiestro.es/2022/12/la-tierra-en-la-silla-electrica-15-montando-el-fraude/
Autor: Galo Dabouza
Dedicado a los incomprendidos enfermos de electro hipersensibilidad EHS.
Decíamos ayer… que los campos electromagnéticos CEM y las radiaciones no ionizantes perjudican la salud de todos los seres vivos, animales o vegetales, al interferir el metabolismo del oxígeno, aunque la medicina oficial de occidente no les atribuye más efecto que el puramente térmico. Como también vimos, en “Rusia y satélites” (como decían los antiguos pasaportes españoles), por el contrario, se conocían y estudiaban sin complejos esas patologías.
Así, por ejemplo, en Konstantynow, Polonia, se estudiaron los efectos de una gran antena de telecomunicaciones en la salud de la población y en los resultados académicos de los niños. Se concluyó que comprometía gravemente la capacidad de concentración, la memoria y la inteligencia de los niños, empeorando notablemente su rendimiento escolar, al tiempo que afectaba la salud de toda la población, produciendo elevados niveles de cortisol y colesterol, hipoglucemias, trastornos del tiroides y la hemoglobina, y un largo etcétera. La antena objeto del estudio fue clausurada en 1991, tras 16 años dañando a los vecinos.
En España, a pesar de los complejos, de vez en cuando las autoridades enseñan la patita.
Eso es lo que ocurrió en el barrio coruñés de O Seixal en mayo de 2021, cuando el gobierno español se vio obligado a clausurar un radiofaro por las quejas de los vecinos. (1) Un radiofaro no es otra cosa que una antena desde la que se emite una señal continua, ordinariamente en morse, que gracias a una antena goniométrica instalada en buques o aeronaves, les permite localizar el origen de la señal y orientarse, incluso de noche y en medio de la niebla, mediante lo que en navegación se denominan radiodemoras.
Pero si Vd. se queja de una antena de telefonía instalada delante de su casa, es un paranoico. Como los agentes de la Policía Nacional de Tenerife, de los que varios sufrieron tumores cerebrales tras la instalación de una antena de telefonía delante de la comisaria. (2)
Si alguien tiene la peligrosa tentación de creer a nuestras autoridades, debe saber que el historial de estafas mortales es casi infinito.
Durante siglos, se supuso que el escorbuto era una enfermedad contagiosa, porque solía afectar a grupos humanos simultáneamente. Ya entrado el siglo XX se descubrió que no había tal contagio. Lo que había era un factor ambiental común: falta de vitamina C.
Con muchas otras enfermedades (gripe, Covid…) ocurre lo mismo, con la diferencia de que la medicina oficial no conoce (o no quiere conocer) el factor ambiental común, y nos acaban engañando con un “virus contagioso”.
En el caso del sars-cov-2 se da la extraña circunstancia de que el Ministerio de Sanidad ha reconocido oficialmente carecer de pruebas científicas de su existencia. (3) En un estado de derecho, eso supondría la nulidad de todas las prohibiciones y obligaciones impuestas a los ciudadanos.
Como ya explicamos, bastaría con aplicar el art. 9.3 de la Constitución, que nominalmente establece la interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos (¡que bonitas y huecas palabras!) y el art. 4.1 de la Ley 40/2015 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas, que exige, para cualquier medida que restrinja derechos o imponga requisitos, cumplir los principios de necesidad, proporcionalidad, adecuación y no discriminación. Ojalá se cumpliera esta norma. Porque ¿Cuál es la necesidad de protegernos de un virus cuya existencia científica no está demostrada?.
En suma, que la verdad incontestable es que no hay pruebas de la existencia del virus asesino. Pero ya no nos pueden engañar. SABEMOS que no existe ni ha asesinado a nadie. Han sido los CEM y sus aliadas, las “vacunas”.
Pero las mentiras sanitarias no son un problema de hoy. Tenemos antecedentes en España. Y ahora los veremos.
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